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EL ANTICIPIO DEL 1.5%

 

         Se dice que el anticipio del 1.5% sobre las ventas brutas de las empresas es la que esta causando el aumento sin embargo, es reconocido que la gran mayoría de las empresas del país el margen de beneficio sobre venta sobrepasa el monto mínimo del anticipio, por lo que en realidad no ha sido afectadas por este impuesto, por lo tanto la mayoría de las empresas que han decidido tras pasar este anticipio del 1.5% a los consumidores, lo han hecho solo para obtener beneficio adicionales incluso en este ultimo caso el aumento no debió ser nunca mayor del 1.5%, es decir, un impacto prácticamente significante sobre el precio final de ventas al consumidor, muy al contrario a lo que ha ocurrido.

 

 

IMPUESTOS SOBRE LA RENTA ( ISR)

 

         Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un periodo fiscal determinado. Se establece mediante la ley 5911 sobre ingresos obtenidos por las personas naturales o jurídicas.

RECARGO CAMBIARIO

 

 

     Fue creado en su momento para crear los ingresos del gobierno y para asegurar el pago de la deuda externa de las compañías estatales. Este recargo cambiario se mantiene pero ha sido reducido del 20% al 15%.

 

     El nuevo Código Arancelario reduce gradualmente el recargo cambiario en las importaciones. El código fija el recargo cambiario en 10% para el primer año, 7% para el segundo año, 3% para el tercer año, eliminándose por concepto para el cuarto año.